Fallo favorable en Nueva York: la suspensión temporal de la entrega del 51% de YPF y sus implicancias polÃticas y económicas
La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York suspendió por tiempo indefinido la transferencia del 51% de las acciones de YPF a fondos buitres, evitando un embargo y dando un respiro a Argentina en medio de la disputa judicial internacional. La decisión frena temporalmente el proceso y mantiene la incertidumbre sobre el futuro de la compañía y la estrategia legal del país.
La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito en Nueva York emitió una resolución que marca un giro importante en la disputa internacional por el control de YPF, la petrolera estatal argentina. La decisión, que suspende de manera indefinida la transferencia de acciones a los fondos buitres que demandaron a Argentina tras la expropiación de 2012, ofrece un alivio momentáneo en medio de un escenario de alta tensión legal y política.
Contexto de la disputa: de la expropiación a la batalla judicial
En 2012, el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner anunció que expropiaba el 51% de las acciones de YPF, que en ese momento controlaba Repsol. La medida buscaba recuperar recursos estratégicos y fortalecer la soberanía energética, pero generó rechazo tanto en la compañía española como en los fondos buitres que, habiendo comprado bonos en default, comenzaron a exigir pagos millonarios.
Desde 2014, la pelea se trasladó a los tribunales en Estados Unidos, donde la jueza Loretta Preska falló a favor de fondos como Burford Capital y Eton Park, que buscan cobrar cerca de 16 mil millones de dólares mediante la ejecución de sentencia. La orden inicial, emitida en junio de 2025, establecía que las acciones debían transferirse en 72 horas, bajo amenaza de desacato.
La resolución del tribunal estadounidense: una suspensión de emergencia
Recientemente, la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito decidió suspender por tiempo indefinido esa orden, dejando en pausa la transferencia. La resolución, firmada por Catherine O’Hagan Wolfe, habilita a Argentina a presentar su oposición antes del 17 de julio, y a los fondos a responder antes del 22. Todo esto en un proceso que determinará si la orden de la jueza Preska se mantiene, se modifica o se revoca.
Esta decisión evita que las acciones de YPF —que representan aproximadamente el 51% del capital— puedan ser embargadas en el corto plazo, frenando una posible ejecución que pondría en riesgo la soberanía argentina y la estabilidad económica del país.
¿Qué dice el fallo?
El fallo de la Cámara de Apelaciones establece que la orden de la jueza Preska debe quedar suspendida por «tiempo indefinido» mientras se revisa la apelación. La resolución señala que la corte considera que la petición de los fondos buitres para ejecutar la sentencia puede violar principios de soberanía y los derechos inmunes del Estado argentino. Además, se hace referencia a que la ley estadounidense, en particular la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras (FSIA), limita la capacidad de los tribunales de ordenarle a un Estado soberano cumplir con sentencias en el extranjero, especialmente cuando se trata de activos que tienen carácter soberano.
La corte también resalta que Argentina ha presentado alegatos en los que argumenta que la transferencia forzada de acciones viola derechos soberanos, y que el cumplimiento de la sentencia en estas condiciones podría sentar un precedente peligroso para otros Estados.
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Noticia cargada el jueves 17 de julio de 2025