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Impuesto sobre los combustibles lÃquidos. Se prorroga al 1/12/2019 la aplicación del incremento del impuesto para las naftas y el gasoil.Decreto 607/2019 Como consecuencia de las medidas económicas tomadas por el Poder Ejecutivo, se prorroga al 1/12/2019 el incremento total en los montos del impuesto aplicable a la nafta sin plomo hasta 92 RON, a la nafta sin plomo de más de 92 RON, a la nafta virgen y al Gas Oil. La norma establece que para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1 de setiembre de 2019 y hasta el 30 de noviembre de 2019, ambas fechas inclusive, deberán mantenerse los montos del impuesto que correspondan al 31 de agosto de 2019. En tanto, para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1 de diciembre de 2019, deberá considerarse el incremento total en los montos del impuesto.
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