Nota FECRA
Estimados socios,
desde CECHA nos informan que la Secretaría de Energía les alertó sobre el elevado número de operadores que fueron dados de baja del padrón de operadores autorizados, sea por motivos de seguridad (como carecer de auditoría vigente) o por incumplimiento a los requisitos mínimos establecidos en la normativa técnica vigente –art. 14 Resol. 1102/04- y que pese a la baja dispuesta en el marco de los arts. 50 y 56 de la Res. 1102/04, continuaron cargando auditorías de seguridad por ante el Sistema Generador de Alarmas (SGDA), lo cual haría suponer que en esos casos la estación de servicio estaría operando clandestinamente.
Con fecha 11/11/2020 la Secretaría de Energía envió notas a las empresas auditoras para que informen sobre todas aquellas instalaciones que le realizaron auditorías de seguridad, cuando las mismas no se encontraban empadronadas en el correspondiente Registro de la Resolución SE 1102/04, y bajo apercibimiento de sanción para el caso de que no cumplan con el deber de informar sobre:
Operadores clandestinos,
Operadores que remitan información incompleta,
Información proporcionada no responda al real estado de situación de las instalaciones inspeccionadas (Conforme Resolución SE 160/99).
En consecuencia, les sugerimos que verifiquen si sus estaciones de servicio se encuentran dadas de alta en el registro publicado en la página web: http://datos.minem.gob. ar/dataset/registro-de- operadores-autorizados-para- la-venta-de-combustibles- liquidos, ya que de no estar en el listado significa que fueron dadas de baja y no pueden seguir operando, en cuyos casos deben regularizar su situación.
Fuente:
Noticia cargada el sabado 6 de febrero de 2021